El Senado sancionó ayer el proyecto de ley que protege la integridad del sistema eléctrico, dispone la incautación y comiso de bienes asociados a dicho hecho punible y modifica el artículo 173 de la ley Nº 1160/1997 Código Penal. La iniciativa había sido planteada por el Poder Ejecutivo y aumenta las penas por robo de energía eléctrica hasta los 10 años de cárcel, pero como fue aprobada la versión de la Cámara de Diputados, se excluye la agravante para funcionarios de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) en el hecho punible.
En particular, el plan normativo castiga con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa al que “lesionando el derecho de disposición de otro sobre energía eléctrica, y con la intención de utilizarla o causarle un daño, la obtuviere o la sustrajera indebidamente de una instalación u otro dispositivo empleado para su transmisión o almacenaje en baja tensión”. En estos casos, será castigada también la tentativa.
Además, cuando el autor realizara las conductas “en media tensión o niveles superiores, superando los un mil voltios; o con la intención de desarrollar actividades de minería de cripto activos o actividad similar, será castigado con pena privativa de libertad de hasta diez años”.
Salvados. Sin embargo, los senadores, en principio, también buscaban que se sancione con la pena máxima a los funcionarios que se aprovechan de su posición o competencia para robar energía, pero este apartado fue suprimido por los diputados. Los legisladores de la Cámara Alta votaron a mano alzada ayer, y los votos del oficialismo estuvieron a favor de la versión de la Cámara Baja, por lo que la propuesta pasa al Ejecutivo para su promulgación o veto.
De hecho, la versión sancionada es idéntica a la iniciativa planteada originalmente por el Ejecutivo, que tampoco hablaba de sancionar a los funcionarios de ANDE eventualmente involucrados en el robo de energía eléctrica para las criptominerías ilegales del país.
“Suprimieron el agravante para funcionarios de ANDE, están apañando a delincuentes. Suprimieron delito de acción penal pública, ahora es solamente perseguible por la víctima. Estos son delitos que deben ser perseguidos de oficio”, cuestionó la senadora Yolanda Paredes.
Además, el proyecto de ley sancionado establece la incautación y administración de los bienes utilizados o producidos para la realización del hecho punible, que, según legisladores como Éver Villalba o Rafael Filizzola, ya está contemplado en la ley Nº 5876 De administración de bienes incautados y comisados, o en el mismo Código Penal vigente, en el Título IV, del Comiso y privación de beneficios, por citar algunas normas. “La senadora Paredes tiene razón (...). Este texto no persigue proteger a la ANDE”, lamentó Filizzola.
Para senador todo “va a seguir” El senador Éver Villalba cuestionó la aprobación del proyecto de ley en la versión de los diputados. “Lo que nos envía Diputados es cualquier otra cosa. Hemos respetado la técnica legislativa. De aprobarse así como viene de Diputados va a generar un conflicto, y probablemente va a seguir el robo de energía para ganar miles de millones de dólares”, señaló. Insistió que los diputados cambiaron totalmente la iniciativa aprobada en el Senado. “Mutilaron la ley. Suprimieron también en la descripción de hecho punible ‘sustracción de energía, agregaron lesión del derecho de otro. Si robo energía a Salyn voy a ser procesado, si robo a la ANDE no voy a ser procesado, eso significa”, explicó el legislador. Criticó también que se incorporó la persecución penal a instancias de la víctima, “ya no se va a poder hacer de oficio”. “Incluyeron como agravante la actividad específica de criptomonedas, puede cambiar la actividad”, dijo, solicitando la ratificación del Senado, porque “corresponde a la técnica jurídica, al Código Penal, y no va a generar ningún caos”.