En conversación con el Juez en lo Laboral Ever Arévalos manifestó que realizaron un curso taller el viernes 31 de agosto en el salón auditorio del palacio de justicia dirigido a jueces de paz sobre de la modificación de la ley 6059/18 respecto a la ampliación de competencia de los juezgadoz de paz. Con esta modificación de la ley que está vigente desde abril de este año los jueces de paz estarían
De esta manera cualquier demanda laboral debe ser presentada en los juzgados de paz si el monto es inferior a 24 millones de guaraníes, dando competencia al juez de paz dictaminar las sentencias a favor o en contra del demandante. Si el monto supera la suma mencionada la denuncia deberá ser presentada ante el juzgado de primera instancia, (es este caso juzgado laboral), De esta manera si la sentencia del juzgado de paz no es del agrado de la parte demandada el juzgado de primera instancia pasaría a ser como una nueva cámara de apelaciones en lo laboral.
Fuente: Radio Oasis.