El sicariato ya es parte del Código Penal

Luego de sus idas y venidas en ambas cámaras, finalmente fue sancionado el proyecto de ley que incorpora la figura del sicariato al Código Penal.

En la sesión ordinaria del Senado de este jueves, la segunda del año, el pleno sancionó el proyecto de ley que modifica los artículos 8°, 105 y 240 de la Ley N° 1160/1997 Código Penal, y su modificatoria la Ley N° 3440/2008 e incorpora el hecho punible de sicariato.

Al establecer al sicariato como un delito tipificado, se establece una pena mínima de 15 años y una máxima de 30.

Las modificaciones hechas en Cámara de Diputados, no alteran la esencia del proyecto, sino que solamente cambian el orden de los artículos.

El número 8 prevé que la ley penal paraguaya sea aplicada al sicariato cometido en el extranjero, como lo acontecido con el fiscal Marcelo Pecci.

En el 105B figuran las penas mencionadas y en el 240, aparece la “omisión de aviso de un hecho punible”, exceptuando los casos de secreto profesional, cuando se trata de un hecho de sicariato.

La ley sancionada pasa al Ejecutivo para su promulgación. Los autores son los senadores de Patria Querida, principalmente, y del PLRA y  la ANR.