El pasado 28 de octubre se cumplieron tres aos de la promulgacin de la Ley N 5508, de "Promocin, Proteccin de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna". El Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social, informa que desde hoy se aplica una disposicin de dicha normativa.
La ley indica que a partir del tercer ao de vigencia de la ley, el subsidio pagado por el Instituto de Previsin Social (IPS) debe ser del 100% de la ltima remuneracin imponible inmediatamente anterior al usufructo del permiso. Antes era del 75%, ya que la aplicacin dispuesta en la normativa era progresiva.
Desde su aplicacin, la ley extendi el permiso de maternidad de 12 a 18 semanas ininterrumpidas, pudiendo tomar el permiso dos semanas antes del parto, incluso en casos de adopcin. Esta legislacin tambin prev la extensin del permiso a 24 semanas, en caso de parto prematuro, enfermedad o condiciones especiales. Por su parte, los paps tambin tienen una licencia de 14 das, a contar a partir del da siguiente al nacimiento del nio.
Igualmente, se establece una sancin de 100 jornales a las empresas que incumplan con esta normativa y hasta 150 jornales en caso de reincidencia.
A DNDE RECURRIR SI NO SE CUMPLE En el caso de que empleadores no cumplan con estas disposiciones, en lo referente al sector pblico, las afectadas deben recurrir a la Direccin de Asesora Jurdica de la Secretara de la Funcin ubicada en Constitucin esquina 25 de Mayo, Asuncin, en Mesa de Entrada, con una nota a nombre del ministro Humberto Peralta.
Las funcionarias del sector privado pueden recurrir a Herrera esquina Paraguar (Ministerio del Trabajo) de lunes a viernes de 07:00 a 15:00, o llamar al (021) 490-930, lnea directa en la que atienden exclusivamente casos relacionados con la ley de maternidad. Tambin se puede escribir consultas al mail [email protected]