La ley castiga el maltrato animal con hasta 2 años de prisión o multa, contemplando prácticas como el sacrificio sin métodos de eutanasia, mantenerlos en espacios inadecuados o bajo temperaturas extremas, forzarlos a tareas que excedan sus fuerzas, suministrarles drogas o utilizarlos en espectáculos que impliquen sufrimiento.
En tanto, el delito de crueldad animal tiene sanciones más severas: hasta 4 años de cárcel cuando el animal resulta gravemente lesionado, y hasta 6 años si le provoca la muerte. Entre las conductas tipificadas están el envenenamiento, mutilación, arrollamiento intencional, tortura, zoofilia, abandono y experimentos que causen dolor.
La normativa también crea el Registro Nacional de Agresores de Animales (RAGAN), a cargo de la Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal. Este registro incluirá a personas condenadas por maltrato o crueldad, así como aquellas con sumarios por faltas graves. Su objetivo es generar estadísticas, facilitar la persecución penal y prevenir la reincidencia.
Además, la ley establece deberes para los propietarios, cuidadores y criadores, quienes deberán garantizar condiciones adecuadas de alimentación, abrigo, salud y trato digno. Se regulan también aspectos relacionados con transporte, eutanasia, uso de animales en experimentación, criaderos, santuarios y establecimientos habilitados.
La Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal será la autoridad de aplicación, con atribuciones de rescate y decomiso en casos de maltrato, pudiendo recurrir al auxilio de la fuerza pública. También se prevé la implementación de programas educativos que promuevan respeto y cuidado hacia los animales en todo el país.