Municipalidad de PJC intensificará notificaciones a morosos

En conversación con el Abg. Eusebio Donato González Pana, Juez de Faltas de la Municipalidad de Pedro Juan Caballero manifestó que desde la fecha, la Municipalidad de Pedro Juan Caballero procede a la notificación a titulares de inmuebles que se encuentran en morosidad en concepto de impuesto inmobiliario.

La división de patrimonio de la Municipalidad de Pedro Juan Caballero emitió lista de morosos en concepto arrendamiento dentro la zona céntrica de la ciudad. Según González Pana, Juez de Faltas de dicha institución, manifestó que hay titulares de inmuebles que adeudan hasta 36 años.

''Increíblemente hay personas que adeudan desde 1986 hasta la fecha en concepto de arrendamiento que cuentan con los beneficios brindados por el municipio, principalmente por el asfaltado por frente sus casas. Específicamente sobre las Avdas. Fernando de la Mora. Están también titulares que están sobre la calle Fortín Toledo y en el centro mismo de la ciudad''. expresó.

El juez de Faltas también manifestó a Oasis FM que por expreso pedido del Intendente Municipal, Lic. Ronald Acevedo se procede a la notificación de los mismos y que, de ser necesario se llegue a la rescisión de contrato de arrendamiento por morosidad.

La mayoría de los morosos son del centro de la ciudad comentó Donato, son personas pudientes los morosos, cosa que es algo poco comprensible. culminó.

En la fecha harán las notificaciones correspondientes y en caso de no recibir respuestas favorables, una vez vencido el plazo, procederán a caratular las causas como ''evasión de impuestos'' que es penado por el artículo 261 del código penal, procedimiento que se llevará a cabo con representantes del Ministerio Público manifestó González.

Los notificados tendrán un tiempo de 05 días, posterior a eso, nuevamente la ley orgánica municipal concede 48 horas para ponerse al día y en caso de no realizar los pagos y al menos justificar la deuda se dictará sentencia definitiva en concepto de multa o notificación de rescisión de contrato de arrendamiento de inmueble.