La ministra Carolina Llanes, encargada del fuero de la Niñez mencionó, a Judiciales Net que la decisión “agiliza y simplifica considerablemente, el trámite de venia para viajar del menor presentado ante los juzgados de Paz; cuando hay consentimiento de los padres”. “Ya que no es necesario comparecer ante el juzgado a firmar delante del actuario; cuando vía telemática se puede prestar el consentimiento o permiso respectivo, previa verificación de sus identidades, muchas veces uno de los padres no está o no puede ir” señaló la ministra Carolina Llanes.
Agregó que se trabajó con jueces de Paz y de la Niñez para ajustar todos los detalles para hacer efectivo este sistema que permitirá que estos trámites sean ágiles y no tengan tropiezos por incomparecencia.
Por último, mencionó que es posible este trámite gracias a su colega Eugenio Jiménez Rolón, quien tuvo la iniciativa La máxima instancia modificó el Art. 1ro de la acordada 1.049/2016, referente a la autorización de viajes de niños, niñas y adolescentes para el caso de que uno de los padres no se encuentre físicamente.
Con ello queda aprobada la utilización de medios telemáticos para hacer partícipe a distancia del padre, madre o tutor que se encuentre imposibilitado de participar de la dicha diligencia.
FUENTE: judiciales.net, Mabel Villamayor.