Los diputados aceptaron las modificaciones hechas en la Cámara de Senadores dentro del el proyecto de ley que regula la emisión de ruidos. El documento pasa al Poder Ejecutivo para su veto o promulgación.
La normativa busca establecer procedimientos para hacer cumplir la norma existente que, mediante la Ley 1100/97, De Prevención de la Polución Sonora, prohíbe emitir sonidos al ambiente por encima de los niveles establecidos, cuyo volumen máximo permitido es de 45 decibeles para las zonas públicas.
Para ello, el documento establece que la Comandancia de la Policía Nacional proveerá instrumentos de medición de decibeles a cada comisaría del territorio nacional. Estos instrumentos de medición de ruido deberán estar calibrados por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
Los legisladores señalaron que de esta manera se busca regular la emisión de ruidos capaces de afectar el bienestar o dañar la salud de personas o seres vivos, a fin de asegurar la debida protección de la población, del ambiente y de bienes afectados por la exposición a los ruidos.
Actualmente, la Ley de Prevención de la Polución Sonora contempla sanciones con multas, establecidas por ordenanzas municipales, para quienes infrinjan dicha reglamentación.
No obstante, de darse la promulgación de la nueva normativa, en caso de comprobarse la comisión de hecho punible, la Policía Nacional procederá a la incautación de los equipos, vehículos o maquinarias, según el caso.