El operativo se llevó a cabo el sábado 27 de julio, a las 16:40 horas, sobre la vía pública del distrito de Capitán Bado.
Los aprehendidos fueron identificados como Silvio Jara , paraguayo, soltero, de 47 años, con cédula N.º 3.224.135, domiciliado en el barrio San Roque y con antecedentes por riesgos comunes (año 2021); y Catalina Isabel Pavón Espínola , paraguaya, soltera, de 22 años, con cédula N.º 5.604.563, domiciliada en el barrio San José de la misma ciudad.
Durante la verificación, los agentes procedieron a incautar diversos objetos que se encontraban dentro del habitáculo del vehículo en el que se movilizaban los aprehendidos. Entre las evidencias se encuentran:
-
Un revólver calibre .38 , marca Emi Wesson, con cacha de madera y empavonado gris, con serie ilegible y seis cartuchos sin percutir .
-
Una pistola marca Browning's calibre .635 , con cacha negra y empavonado gris, serie N.º 816713, con un cargador y seis cartuchos sin percutir .
-
Una billetera que contenía documentos personales, dos billetes de 100 dólares y un billete de 50.000 guaraníes .
-
Un automóvil Toyota Premio blanco , año 2010, con matrícula Mercosur AAAY741 , con su respectiva llave.
-
Una llave adicional de un vehículo marca Ford , con llavero que llevaba la inscripción "Aparecida Auto Center".
El procedimiento estuvo a cargo del Comisario Principal MGAP Cristian Figueredo , jefe de la Comisaría 4.ª. Según el informe, se trató de una acción conjunta de inteligencia e investigación que permitió la detención de los ocupantes y la incautación de los elementos relacionados a la infracción.
La Dirección General de Investigación Criminal , a través de la Dirección de Investigación de Hechos Punibles , participó activamente en el operativo y fue la encargada de comunicar oficialmente el procedimiento a los medios de prensa .
El hecho fue comunicado vía telefónica a la Agente Fiscal de la Unidad Penal N.º 2, abogada Sarita Bonzi , quien dispuso el traslado de los aprehendidos hasta la sede de la Oficina Regional de Investigaciones, donde deberá guardar reclusión en libre comunicación , a disposición del Ministerio Público. A ambos se les leyeron sus derechos procesales conforme al Artículo 12 de la Constitución Nacional.