El Ministerio Pblico lleva a cabo numerosas acciones para determinar el grado de responsabilidad de los titulares del Poder Ejecutivo en la firma del acta del 24 de mayo entre Paraguay y Brasil por la compra de potencia de Itaip. Varios de los presuntos involucrados en el caso fueron convocados a declarar, entre ellos el primer mandatario, Mario Abdo Bentez.
Luego de recabar y cotejar la informacin relacionada a la firma del acuerdo bilateral, la Fiscala deber determinar si los titulares del Poder Ejecutivo tuvieron o no participacin en este caso e imputar si existiese presuncin de delitos cometidos.
Un panorama sui generis Hugo Estigarribia, abogado constitucionalista, dijo a ABC Color que este panorama es "sui gneris" porque no es comn que a un Presidente se le saque los fueros. "Tendramos que estudiar qu sucede en ese caso (") Lo normal sera que el rgano ante el que jur sea el que le despoje de los fueros, que sera el Congreso", coment.
En ese sentido, el letrado enfatiz que ante una imputacin a los altos mandatarios se debera estudiar cul sera el procedimiento a seguir. Coment que "la Justicia nunca se anim a tanto" y que por ello no existe una situacin similar desde la cual, por analoga, establecer el procedimiento que corresponde si se diera el caso. "Es una especie de liberacin de las reas jurisdiccionales, el Ministerio Pblico, el Poder Judicial", subray.
"Planteada una posibilidad de imputacin, debera ir al Congreso la peticin de levantamiento de los fueros", seal. Asimismo, record que todas las veces que fueron destituidas las autoridades por juicio poltico nunca se remitieron los antecedentes a la Justicia. Entonces, se tiende a que haya responsabilidad poltica y no judicial.
Igualmente, Estigarribia consider que es poco probable que se procese a los mandatarios. "Si se produjera (la imputacin), acelerara la combustin del Gobierno para un juicio poltico", subray.
En ese orden de ideas, Estigarribia explic que se dieron dos autopistas que van por caminos diferentes: una es la investigacin que est haciendo la Comisin Bicameral, de carcter poltico, mientras que la Fiscala hace una investigacin separada.
No obstante, la informacin recabada por la Bicameral puede ser remitida al Ministerio Pblico como aporte a la investigacin judicial.
Fueros o inmunidad? Estigarribia remarc que, en el caso de darse la imputacin, es muy difcil que no prospere en la Cmara de Diputados el pedido de juicio poltico. "Sera muy difcil que un Presidente imputado quede normalmente desempeando funciones. Es un impacto muy fuerte para el Congreso". Refiri que aunque parezca que la investigacin de la Fiscala sea un accesorio, esta puede tener una implicancia poltica fundamental.
En otro punto, Estigarribia resalt el actuar del Ministerio Pblico. "Es un avance importante que la Fiscala se haya animado a hacer esta investigacin (...) Vamos a ver qu alcance tiene", manifest.
El artculo 225 de nuestra Constitucin Nacional menciona que "El Presidente de la Repblica, el Vicepresidente, los ministros del Poder Ejecutivo, los ministros de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General del Estado, el Defensor del Pueblo, el Contralor General de la Repblica, el Subcontralor y los integrantes del Tribunal Superior de Justicia Electoral, slo podrn ser sometidos a juicio poltico por mal desempeo de sus funciones, por delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos o por delitos comunes. La acusacin ser formulada por la Cmara de Diputados, por mayora de dos tercios. Corresponder a la Cmara de Senadores, por mayora absoluta de dos tercios, juzgar en juicio pblico a los acusados por la Cmara de Diputados y, en su caso, declararlos culpables, al slo efecto de separarlos de sus cargos. En los casos de supuesta comisin de delitos, se pasarn los antecedentes a la justicia ordinaria".
Varios especialistas en derecho afirman por otro lado que el el presidente y el vicepresidente no tienen fueros sino inmunidad de procesos, por lo que primero deberan ser separados del cargo para luego ser procesados en la justicia ordinaria, como dice la Carta Magna. Un ejemplo reciente es el caso del excontralor Enrique Garca, la cmara anul su procesamiento, lo que fue confirmado por la Corte cuando el mismo an ejerca el cargo. Solo despus de su renuncia, y ante su inminente destitucin, Garca fue procesado con el caso Ivesur.