Declaran ilegal huelga de funcionarios judiciales y se exponen a ser despedidos

La jueza laboral de primera instancia Greta Katherine Aquino declaró ilegal la huelga impulsada por tres sindicatos de funcionarios judiciales. En caso de confirmarse el fallo, los trabajadores del Poder Judicial que se plegaron a la medida de fuerza pueden ser despedidos con causa, debido a que sus ausencias no estarían justificadas. La dirigencia gremial anunció que apelará.
Declaran ilegal huelga de funcionarios judiciales y se exponen a ser despedidos

El Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral del Primer Turno de Asuncin, a cargo de Greta Katherine Aquino Bittar, hizo lugar al pedido de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y en consecuencia declar ilegal la huelga llevada a cabo por el Sindicato de Funcionarios Judiciales del Paraguay (Sifjupar), el Sindicato de Funcionarios de la Direccin General de los Registros Pblicos (Sifured) y la agremiacin bajo el nombre de Coordinadora de Trabajadores del Registro del Automotor. La medida de fuerza se desarroll entre el 11 y el 28 de noviembre pasados.

"La consecuencia de la declaracin de ilegalidad de una huelga es la posibilidad de despido con causa de los trabajadores que participaron de ella", explic el abogado laboralista Jorge Rojas. Aclar que para ello el fallo del Juzgado se debe confirmar y quedar firme y luego se debe proceder a la apertura de un sumario.

La secretaria general de Sifjupar, Porfiria Melgarejo de Ocholasky, adelant que apelarn el fallo del Juzgado Laboral, inform el periodista de ABC Color Carlos Ortega. "La seora magistrada (Greta Aquino) hace un mes jur (...) Sabamos que ella poda sacar ilegal, porque (...) una magistrada que recin jur no va a decirle no a la Corte Suprema de Justicia", dijo la dirigente sindical.

"Esto va sumndose todo lo que la Corte Suprema hizo durante la huelga, el amedrentamiento, coaccionar en este caso a la magistrada (...) Nosotros vamos a recurrir esto, vamos a apelar. No descartamos la posibilidad de recurrir a Derechos Humanos internacional; esto va en contra de lo que es la libertad sindical", agreg tambin Melgarejo de Ocholasky.

El abogado Rojas explic que el Art. 67 del Cdigo del Trabajo (Ley N 213/93) reconoce que los trabajadores tienen derecho a declararse en huelga conforme a la ley laboral, pero aclar que el Art. 81 establece como una de las causas justificadas de terminacin del contrato, por voluntad unilateral del empleador, "participar en una huelga declarada ilegal por autoridad competente", en tanto que el Art. 377 tambin recalca que la participacin en una huelga ilegal podr ser sancionada "con el despido del trabajador".

El profesional del Derecho tambin recalc que la declaracin de ilegal de la huelga no implica que efectivamente se proceda a la desvinculacin de los huelguistas. Destac que en el fuero laboral se busca la solucin a los conflictos y que las negociaciones entre las partes pueden ser ms beneficiosas que los litigios judiciales.

El Art. 376 del Cdigo establece que una huelga es ilegal "a) cuando no tenga por motivo o fin, o no tenga relacin alguna, con la promocin y defensa de los intereses de los trabajadores; b) cuando es declarada o sostenida por motivos estrictamente polticos, o tenga por finalidad directa ejercer coaccin sobre los poderes del Estado; y c) cuando los trabajadores de servicios pblicos imprescindibles no garanticen los suministros mnimos esenciales para la poblacin (...) y d) (...) "toda huelga declarada durante la vigencia de un contrato colectivo y que no se refiera al incumplimiento, por la parte empleadora, de alguna de las clusulas de ese contrato (...)".