La garantía constitucional fue dictada a favor de Sebastián Aguilar Coronel, quien estaba privado de libertad desde el 16 de noviembre del 2012, por orden del entonces juez de Garantías de Ybycuí.
El pedido fue planteado por los abogados Leonardo Garófalo y Víctor Rodríguez, quienes señalaron que el mismo ya pasó la pena mínima en caso de condena y ni siquiera hubo juicio oral.
Está acusado y preso por supuesto triple homicidio y abigeato en Ybycuí, junto con Agustín Ramón Martínez, conocido como Soldado Israelí, su hijo Crescencio Aguilar Centurión y su sobrino Juan de Rosa Centurión.
El caso ocurrió entre el 20 y 23 de mayo de 2009. Según la acusación fiscal, habrían matado a Ricardo Caballero, un político y ganadero de Carapeguá, junto con sus empleados Hilario Marecos y Alberto Medina. Supuestamente, los cuerpos fueron incinerados en un horno para carbón.
DISIDENCIA. El fallo fue dictado en disidencia. La ministra Miryam Peña votó por rechazar el hábeas corpus, mientras que los camaristas Pedro Mayor Martínez y José Agustín Fernández, que integraron la Corte, votaron por admitirlo.
El voto en mayoría sostiene que la prisión dictada en el caso ya es ilegal porque superaba la pena mínima sin que a la fecha se realizara siquiera el juicio oral, lo que constituía ya una pena anticipada.
La ministra Peña decía que la prisión era legal porque fue dictada por una autoridad competente; en este caso, por el juez de Ybycuí.
En el caso ya fueron presentados varios hábeas corpus. En el 2014, Crescencia Centurión de Aguilar protestó frente al Poder Judicial por 74 días, justamente para lograr la libertad de su esposo, el ahora liberado, Sebastián Aguilar Coronel.
UH
NC/Centro de Noticias.