El REDAM fue creado mediante la Ley N.º 5415/2015 y funciona bajo la administración del Poder Judicial como un mecanismo destinado a registrar a las personas que incumplen una obligación alimentaria establecida por sentencia judicial firme o por un acuerdo homologado judicialmente. La normativa establece que una persona puede ser incluida en el registro cuando adeuda tres o más cuotas alimentarias, sean estas sucesivas o alternadas, previa resolución judicial.
La evolución de las estadísticas evidencia un crecimiento progresivo del número de inscriptos. En marzo de 2024 el registro contabilizaba 723 personas; posteriormente superó los 1.800 registros y actualmente sobrepasa las 2.300 inscriptos.
La inclusión en el REDAM no constituye una sanción penal, pero sí genera una serie de limitaciones administrativas orientadas a promover el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
Entre las principales consecuencias figura la exigencia del certificado de libre deuda alimentaria para la apertura de cuentas corrientes o cajas de ahorro, así como para el acceso a tarjetas de crédito y préstamos en entidades financieras. La información del registro también puede ser consultada por instituciones financieras y organismos que requieran verificar la situación del solicitante.
Asimismo, desde abril de 2024 se encuentra plenamente implementada la disposición que impide la expedición o renovación de licencias de conducir a las personas registradas como deudores alimentarios morosos. La medida se aplica mediante la interconexión entre el REDAM y los sistemas informáticos de las municipalidades del país.
Otra de las exigencias incorporadas en los últimos años es la presentación del certificado REDAM para diversos trámites relacionados con bienes registrables, en cumplimiento de las disposiciones establecidas por la Ley N.º 6506/2020 y reglamentaciones posteriores.
Desde el Poder Judicial destacan que el REDAM constituye una herramienta de control y transparencia destinada a fortalecer el cumplimiento del deber alimentario. La plataforma digital permite a instituciones y ciudadanos verificar gratuitamente la existencia o no de antecedentes de mora alimentaria, mediante la expedición de certificados en línea.
La exclusión del registro solo puede concretarse mediante orden judicial, una vez acreditado el cumplimiento de las obligaciones pendientes. Tras la resolución correspondiente, el Poder Judicial procede a eliminar la inscripción en los plazos establecidos por la ley.
Las estadísticas más recientes muestran que, si bien los casos involucran a personas de ambos sexos, la gran mayoría de los registros continúa correspondiendo a hombres, quienes representan alrededor del 98,5% del total de deudores alimentarios morosos actualmente inscriptos en el país.
Fuente: Judiciales.net